Convenio especial del cuidador no profesional

Ago 2, 2019 | Actualidad, Bienestar Social

Convenio especial del cuidador no profesional 1

Convenio especial del cuidador no profesional

Si eres cuidador no profesional de una persona en situación de dependencia que cobra una prestación económica y has suscrito un convenio especial, te recordamos lo siguiente:

La cuota por el convenio la asume la Administración del Estado. Esta cuota puede ayudarte a acceder a una pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad.

Los efectos del convenio serán:

  • Si la prestación económica hubiera sido reconocida antes del 1 de abril de 2019 y lo solicitas dentro de los 90 días naturales al 1 de abril de 2019, los efectos serán los de esta fecha.
  • Si la prestación se reconoce a partir del 1 de abril de 2019 y lo solicitas dentro de los 90 días naturales siguientes a la fecha de reconocimiento, los efectos serán los de dicha fecha de reconocimiento de la prestación económica.
  • Si lo solicitas fuera de los plazos anteriores, los efectos del convenio se producirán en la fecha de la solicitud.

Si quieres puedes solicitar más información en nuestras oficinas de la Seguridad Social. También puedes obtenerla en: https:/www.seg-social.es