Aviso legal
Condiciones generales (Web)
A continuación aparecen los términos del acuerdo legal que se establece entre usuario y Ayuntamiento de Montemayor.
Al acceder, navegar y hacer uso de los servicios de este Sitio Web, el usuario manifiesta que ha leído, comprendido, estar de acuerdo con estos términos y cumplir todas las normas y leyes aplicables.
Los contenidos de este Sitio Web están protegidos por los derechos de propiedad intelectual. Cualquier uso no autorizado de material publicado en este Sitio Web es susceptible de incumplir la normativa de propiedad intelectual, marcas y otras regulaciones.
POLÍTICA DE PRIVACIDAD
Tratamiento de datos de carácter personal (Información General)
El tratamiento de los datos de carácter personal se realizará de acuerdo con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo Europeo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.
Ayuntamiento de Montemayor como responsable del tratamiento de los datos que se obtienen tras la cumplimentación de este documento, le informa que los mismos van a ser incorporados a un fichero automatizado.
Dichos datos se tratarán con la finalidad de gestionar los expedientes administrativos que de él se deriven por el departamento o servicio correspondiente, en relación a las funciones y competencias de esta institución provincial.
La legitimación para el tratamiento de los datos se tendrá con el consentimiento del usuario tras la firma y presentación de dicho documento.
Los usuarios tendrán el derecho, ante esta entidad, de acceder, actualizar, rectificar o suprimir sus datos u otras acciones para el control de su privacidad; y en caso de disconformidad, podrán también interponer reclamación ante la autoridad de control
Tratamiento de datos de carácter personal (Información Adicional)
Responsable del tratamiento de sus datos.
Entidad: Ayuntamiento de Montemayor
CIF: P-1404100H
Dir. Postal: Plaza de la Constitución nº1, 14530 Montemayor (Córdoba)
Tlfno: 957 384 000
mail: ayuntamiento@montemayor.es
Delegado de Protección de Datos:
Contacto: David M. Yubero Rey
Tlfno: 957160050
e-mail: protecciondedatos@dipucordoba.es
FINALIDAD DE LOS DATOS
Los datos se tratarán con la finalidad de gestionar los expedientes administrativos que de él se deriven por el departamento o servicio correspondiente, en relación a las funciones y competencias de esta institución provincial.
CONSERVACIÓN DE LOS DATOS
Los datos personales proporcionados se mantendrán en la entidad en tanto no se solicite su supresión por parte del interesado.
CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS PERSONALES
Estos datos únicamente serán cedidos a aquellas entidades que sean necesarias con el único objeto de dar cumplimiento a la finalidad expuesta.
EJERCICIO DE DERECHOS
El interesado tiene derecho, conforme al Reglamento General de Protección de datos a ejercer frente a este Responsable su:
- Derecho de acceso a los mismos (art. 15 RGPD)
- Derecho de rectificación (art. 16 RGPD)
- Derecho de supresión (art. 17 RGPD)
- Derecho a la limitación del tratamiento (art. 18 RGPD)
- Derecho a la portabilidad de los datos (art. 20 RGPD)
- Derecho de oposición (arts. 21 y 22 RGPD)
Estos derechos podrán ejercerse a través del trámite puesto a su disposición en https://montemayor.es, correo electrónico o mediante presentación de una solicitud en el Registro General de Ayuntamiento de Montemayor, o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En caso de disconformidad, podrá interpone reclamación ante la Autoridad de Control, en base al art. 56 y ss del Reglamento General de Protección de Datos (https://sedeagpd.gob.es).
OBJETO
En virtud de lo estipulado en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (en adelante RGPD), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en adelante LOPD-GDD) así como en la demás normativas vigentes de referencia en la materia, Ayuntamiento de Montemayor pone en conocimiento de los interesados así como de los usuarios del sitio web https://montemayor.es, la Política de Protección de Datos en lo que al tratamiento de los datos se refiere de aquellas personas que suministren sus datos personales.
El contenido de esta política de protección de datos es comunicada por Ayuntamiento de Montemayor dentro de sus competencias como responsable del tratamiento.
Esta política es complementaria a cuantos textos informativos y cláusulas de consentimiento sean necesarios para la prestación del servicio a llevar a cabo por Ayuntamiento de Montemayor.
El interesado, en caso de disconformidad con lo descrito en esta Política de Protección de Datos, no podrá acceder ni utilizar servicio alguno prestado por Ayuntamiento de Montemayor y que requiera el tratamiento de algún dato personal.
Asimismo, el usuario queda informado de que esta política será de aplicación subsidiaria de aquellas otras que, sobre la misma materia se establezcan con carácter especial y/o particular y sean comunicadas al interesado, sin carácter limitativo, quedando la presente política como complementaria de las anteriores en aquello que no se contradiga.
IDENTIFICACIÓN DEL RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO
Responsable de tratamiento: Ayuntamiento de Montemayor
Domicilio: Plaza de la Constitución nº1, 14530
Localidad: Montemayor (Córdoba)
C.I.F.: P-1404100H
Teléfono: 957 384 000
Correo electrónico: ayuntamiento@montemayor.es
DATOS DE CONTACTO DEL DELEGADO DE PROTECCIÓN DE DATOS
Conforme al art. 37 del RGPD y al art 34 de la LOPD-GDD, podrá ponerse en contacto con el Delegado de Protección de Datos a través del correo electrónico protecciondedatos@dipucordoba.es.
TRATAMIENTO DE DATOS DE MENORES DE EDAD
Para interesados o usuarios menores de 14 años, en los supuestos en los que se requiera el consentimiento del interesado, queda prohibido el uso de los servicios que requieran un registro de identificación o autentificación, siempre y cuando no se haya recabado la autorización expresa por parte del padre/madre/tutor/representante legal.
OBLIGATORIEDAD DE FACILITAR LOS DATOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Los datos solicitados por Ayuntamiento de Montemayor, tanto en soporte papel como en soporte digital o formularios web, son con carácter general obligatorios (salvo que en el campo requerido se especifique lo contrario) para cumplir con las finalidades establecidas. Si no se facilitan los mismos o no se facilitan correctamente, Ayuntamiento de Montemayor podría no prestar de manera parcial o total el servicio requerido, sin perjuicio de que, en caso del portal web, pueda visualizar libremente el contenido del sitio.Ayuntamiento de Montemayor
FINALIDADES DEL TRATAMIENTO
Ayuntamiento de Montemayor tratará la información que facilite el usuario conforme a las finalidades descritas en su Registro de actividades de Tratamiento.
PLAZO DE CONSERVACIÓN DE LOS DATOS PERSONALES
Con carácter general, los datos personales proporcionados se conservarán mientras el interesado no solicite su supresión o cancelación y siempre que resulten adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario para los fines para los que sean tratados. Igualmente serán conservados durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recaban y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de la finalidad, además de los períodos establecidos en la normativa de archivos y documentación.
De la misma manera, y en su condición de administración pública, le informamos que sus datos también podrán ser conservados de manera indefinida a efectos estadísticos, históricos y científicos, salvo los casos en los que se contemple lo contrario en la legislación vigente.
Se garantiza un tratamiento de datos lícito, leal y transparente.
En el caso de videovigilancia, le comunicamos que la información se suprimirá transcurrido un mes desde la toma de imágenes, salvo comunicación a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y/o Juzgado y Tribunales.
LEGITIMACIÓN O BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO
La base jurídica para el tratamiento de los datos recogidos por Ayuntamiento de Montemayor, será la siguiente:
En el caso de la recogida de datos a través de los canales de contacto habilitados en el sitio web, incluidos los formularios de contacto, la base jurídica para el tratamiento de los datos es la de recabar el consentimiento del interesado o usuario para el tratamiento de sus datos. Para ello, en cada formulario se incluirá una casilla de verificación en el que se solicitará dicho consentimiento, informando de la existencia del aviso legal y de la presente Política de Protección de Datos y facilitando el acceso a ambas.
En el caso en que exista una relación contractual o pre-contractual entre Ayuntamiento de Montemayor y el interesado, la base jurídica para el tratamiento de los datos facilitados estará legitimado en dicha relación, de modo que solo se recabarán los datos necesarios para sustentar dichas relaciones comerciales y contractuales.
Para el resto de supuestos, y dependiendo de la tipología de cada finalidad, se atenderá como base jurídica el consentimiento en la recogida de datos (mediante una clara afirmación positiva), una obligación legal, el interés legítimo de los interesados y/o el cumplimiento de misiones realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos. Se toma como base la ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.
Puede consultar la base legal para cada una de las actividades de tratamiento que se llevan a cabo en el siguiente enlace al Registro de actividades de Tratamiento.
CESIONES DE LOS DATOS PERSONALES DEL USUARIO A TERCEROS
Con carácter general, no se cederán datos a terceros, salvo obligación legal. En este sentido se procederá a la cesión de datos al Instituto Nacional de Estadística, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Órganos del Estado, Comunidades Autónomas y demás administraciones u organismos públicos.
En el caso de otro tipo de cesiones para finalidades concretas, se podrá consultar el Registro de Actividades de Tratamiento.
EJERCICIOS DE DERECHOS
El interesado/usuario tiene derecho a solicitar a Ayuntamiento de Montemayor el acceso a sus datos personales, su rectificación, supresión, limitación al tratamiento y oposición. También le asiste el derecho a retirar el consentimiento otorgado para el tratamiento en cualquier momento, sin que ello afecte a la licitud del tratamiento basado en el consentimiento previo a su retirada y el derecho de portabilidad de sus datos personales, en los supuestos que legalmente proceda.
Para el ejercicio de cualquiera de estos derechos, deberá cumplimentar el formulario de Derechos al Interesado a disposición de los mismos, y presentarlo personalmente o enviarlo a:
Ayuntamiento de Montemayor – Delegado de Protección de Datos
Correo postal: Plaza de la Constitución nº1, 14530. Montemayor . Córdoba
Correo electrónico: protecciondedatos@dipucordoba.es
Ayuntamiento de Montemayor atenderá la solicitud e informará al interesado sobre las medidas adoptadas en el plazo máximo de un mes desde su recepción. Dicho plazo podrá prorrogarse un máximo de dos meses adicionales en caso necesario, teniendo en cuenta la complejidad y número de solicitudes. En este último supuesto, Ayuntamiento de Montemayor informará al interesado de dichas prórrogas en el plazo de un mes desde la recepción de la solicitud. Ayuntamiento de Montemayor responderá a las solicitudes por el mismo canal utilizado por el usuario, salvo que éste disponga otra cosa.
RECLAMACIÓN ANTE LA AUTORIDAD DE CONTROL – TUTELA DE LOS DERECHOS DEL USUARIO
El interesado queda informado del derecho que le asiste a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), cuando considere que no ha obtenido satisfacción por parte de Ayuntamiento de Montemayor en el ejercicio de sus derechos u otros supuestos que legítimamente se contemplen.
El interesado puede ponerse en contacto con la AEPD a través de www.agpd.es o en la siguiente dirección C/ Jorge Juan, 6. 28001, Madrid, y/o teléfono de contacto 912 663 517.
MEDIDAS DE SEGURIDAD
Ayuntamiento de Montemayor tratará los datos del interesado en todo momento de forma absolutamente confidencial y guardando el preceptivo deber de secreto respecto de los mismos, de conformidad con lo previsto en la normativa de aplicación, adoptando al efecto las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de sus datos y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que están expuestos.
Ayuntamiento de Montemayor verificará, evaluará y auditará de forma regular la eficacia de dichas medidas, actualizándolas en caso en que fuera necesario de acuerdo con el resultado de dichas evaluaciones.
Las medidas de seguridad implantadas, conforme a lo estipulado en la disposición adicional primera de la LOPD-GDD, corresponden a las aplicadas de acuerdo al Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica y que se encuentran descritas en los documentos que conforman la Política de Seguridad de la Información de Ayuntamiento de Montemayor.
USO DE COOKIES Y DISPOSITIVOS DE ALMACENAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE DATOS EN EQUIPOS TERMINALES DE LOS USUARIOS
Ayuntamiento de Montemayor utiliza en sus páginas webs cookies y dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos en equipos terminales del usuario cuando el usuario navega por el sitio.
Tales cookies y dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos son usadas por Ayuntamiento de Montemayor en las condiciones descritas en su Política de Cookies.
INFORMACIÓN DE CONTACTO
Para cualquier consulta sobre la presente Política de Protección de Datos, el usuario podrá dirigirse a Ayuntamiento de Montemayor tanto por medios electrónicos como mediante correo postal en las direcciones que se muestran a continuación:
Correo postal: Plaza de la Constitución nº1, 14530. Montemayor . Córdoba
Correo electrónico: protecciondedatos@dipucordoba.es
Objeto
La presente política tiene por finalidad informar de manera clara y precisa sobre las cookies que se utilizan en esta página web.
Ayuntamiento de Montemayor a través de su página web https://montemayor.es y todos los subdominios y servicios incluidos bajo la misma, le informa sobre las cookies almacenadas en el sitio web y el motivo de su uso, conforme con las normas españolas que regulan el uso de cookies en relación a la prestación de servicios de comunicación electrónica según el Real Decreto ley 13/2012 del 30 de marzo así como el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales, informándole que usted está prestando su consentimiento para poder utilizarlas.
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- Cookies de sesión: Son cookies temporales que permanecen en el archivo de cookies de su navegador hasta que el Usuario abandona la página web, por lo que ninguna queda registrada en el disco duro de su ordenador. La información obtenida por medio de estas cookies, sirven para analizar pautas de tráfico en el website. A la larga, esto permite proporcionar una mejor experiencia para mejorar el contenido y facilitar su uso.
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Adicionalmente, en función de su objetivo, las cookies pueden clasificarse de la siguiente forma:
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Este tipo de cookie recuerda sus preferencias para las aplicaciones de los servicios, por lo que no tiene que volver a configurar todo nuevamente tras cada visita.
Entre estas se incluyen:
- Ajustes de volumen de reproductores de vídeo o sonido.
- Las velocidades de transmisión de vídeo que sean compatibles con su navegador.
- Los objetos guardados en el “carrito de la compra” en los Servicios de E-commerce tales como tiendas.
COOKIES DE GEO-LOCALIZACIÓN
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- Mantener al Usuario identificado de forma que si abandona un Servicio durante un periodo de tiempo y en otro momento u otro día vuelve a entrar en dicho Servicio, seguirá identificado, facilitando así su navegación sin tener que volver a identificarse. Esta funcionalidad se puede suprimir si el usuario pulsa la opción “cerrar sesión”, de forma que esta cookie se elimina y la próxima vez que entre en el Servicio el usuario tendrá que iniciar sesión para estar identificado.
- Comprobar si el usuario está autorizado para acceder a ciertos Servicios, por ejemplo, para participar en un concurso.
Adicionalmente, algunos Servicios pueden utilizar conectores con redes sociales tales como Facebook o Twitter. Cuando el usuario se registra en un Servicio con credenciales de una red social, autoriza a la red social a guardar una cookie persistente que recuerda su identidad y le garantiza acceso a los Servicios hasta que expira. El usuario puede borrar esta cookie y revocar el acceso a los Servicios mediante redes sociales actualizando sus preferencias en la red social que específica.
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- Identificar de forma anónima los contenidos más visitados y por lo tanto más atractivos para los usuarios.
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Nuestros datos
Este sitio web es propiedad y está gestionado por la Ayuntamiento de Montemayor
Puede ponerse en contacto con el Ayuntamiento de Montemayor.
1. OBJETO
Los ciudadanos confían en que los servicios disponibles por medios electrónicos se presten en unas condiciones de seguridad equivalentes a las que se encuentran cuando se acercan personalmente a las oficinas de la Administración. Además, buena parte de la información contenida en los sistemas de información de las AA.PP. y los servicios que prestan constituyen activos nacionales estratégicos. La información y los servicios prestados están sometidos a amenazas y riesgos provenientes de acciones malintencionadas o ilícitas, errores o fallos y accidentes o desastres.
En su empeño por garantizar que estos servicios cuenten con las máximas garantías en materia de seguridad, la Excma. Diputación Provincial de Córdoba desarrolla esta Política de Seguridad de la Información, aplicando las medidas mínimas de seguridad exigidas por el ENS en lo referente a:
A. Organización e implantación del proceso de seguridad.
B. Análisis y gestión de los riesgos.
C. Gestión de personal.
D. Profesionalidad.
E. Autorización y control de los accesos.
F. Protección de las instalaciones.
G. Adquisición de productos de seguridad y contratación de servicios de seguridad.
H. Mínimo privilegio.
I. Integridad y actualización del sistema.
J. Protección de la información almacenada y en tránsito.
K. Prevención ante otros sistemas de información interconectados.
L. Registro de la actividad y detección de código dañino.
M. Incidentes de seguridad.
Por todo lo anteriormente expuesto, el Ayuntamiento de Montemayor y su sector público institucional
aprueba la siguiente Política de Seguridad y debe aplicar las medidas mínimas de seguridad exigidas por el Esquema Nacional de Seguridad (en adelante, ENS), regulado en el Real Decreto 311/2022, de 3 de Mayo, así como realizar un seguimiento continuo de los niveles de prestación de servicios, seguir y analizar las vulnerabilidades reportadas y preparar una respuesta efectiva a los incidentes para garantizar la continuidad de los servicios prestados.
Para que conste el compromiso del Ayuntamiento de Montemayor hace pública su misión, visión y valores en materia de seguridad de la información.
Para que todo el personal y usuarios sean conscientes de las obligaciones, normativas y procedimientos en materia de seguridad de la información, esta política y la normativa de seguridad estará a disposición de todos los usuarios autorizados en el portal del empleado o en la intranet corporativa.
Misión:
La gestión y el buen gobierno del municipio, dando respuestas a las necesidades y expectativas de los ciudadanos a través de la prestación de servicios de calidad y garantizando en todo momento la seguridad de la información en todo su ciclo de vida (recogida, transporte, tratamiento, almacenamiento y destrucción).
Visión:
Convertir el ayuntamiento en un lugar seguro, en el que se cumplan con los principios y requisitos necesarios para una protección adecuada de la información, asegurando el cumplimento de las cinco dimensiones de la seguridad: Disponibilidad, Autenticidad, Integridad, Confidencialidad y Trazabilidad.
Las diferentes áreas y servicios han de cerciorarse de que la seguridad de la información es una parte vital de los servicios públicos prestados por el Ayuntamiento de Montemayor y su sector público institucional atendiendo a los principios básicos que rige el Esquema Nacional de Seguridad.
Valores:
Las áreas y servicios del Ayuntamiento de Montemayor y su sector público institucional entienden la seguridad de la información como un valor que orienta la conducta de las personas hacia las buenas prácticas de seguridad por lo que deben estar preparados para prevenir, detectar, reaccionar y recuperarse de incidentes, garantizando así la continuidad en la prestación de los servicios con una calidad y seguridad adecuada.
2. ALCANCE
La presente Política de Seguridad tiene aplicación a todas las áreas, servicios, empleados internos y externos del Ayuntamiento de Montemayor y su sector público institucional cualquiera que sea su clasificación jerárquica. Igualmente, aplica a todos los sistemas de la información e infraestructuras de comunicación utilizadas para la realización de las funciones propias de las distintas entidades.
3. MARCO NORMATIVO
La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, establece principios y derechos relativos a la seguridad en relación con el derecho de los ciudadanos a comunicarse con las AA.PP. a través de medios electrónicos; y su artículo 42 crea el Esquema Nacional de Seguridad. Aún estando derogada establece los principios de la seguridad de la información en la administración electrónica.
El Esquema Nacional de Seguridad (ENS), regulado inicialmente por el Real Decreto 3/2010, de 8 de enero y posteriormente por su actualización por Real Decreto 311/2022 de 3 de mayo determina la política de seguridad que se ha de aplicar en la utilización de los medios electrónicos. El ENS está constituido por los principios básicos y requisitos mínimos para una protección adecuada de la información. Será aplicado por las AA.PP. para asegurar el acceso, integridad, disponibilidad, autenticidad, confidencialidad, trazabilidad y conservación de los datos, informaciones y servicios utilizados en medios electrónicos que gestionen en el ejercicio de sus competencias.
El Esquema Nacional de Interoperabilidad (ENI), regulado por el Real Decreto 4/2010, de 8 enero, establece el conjunto de criterios y recomendaciones que deberán ser tenidos en cuenta por las Administraciones Públicas para la toma de decisiones tecnológicas que garanticen la interoperabilidad. Las normas técnicas complementarias de interoperabilidad desarrollan ciertos aspectos técnicos.
Las Leyes 39/2015 y 40/2015 regulan el Procedimiento Administrativo Común y el Régimen Jurídico de las Administraciones. Dentro de estas leyes se hace referencia expresa al ENS como sistema de gestión segura de la información para las administraciones y al ENI como referencia en la interoperabilidad de las administraciones.
La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen (LRBRL) de aplicación a la administración local.
La Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía (LAULA).
Así mismo, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de Diciembre, de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales, tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar, además de garantizar los derechos digitales de la ciudadanía conforme al mandato establecido en el artículo 18.4 de la Constitución.
Reglamento (EU) 679/2016, de 27 de abril de 2016, de Tratamiento de Datos de Carácter Personal y Libre Circulación de Datos establece la obligación de disponer medidas técnicas y organizativas para garantizar la confidencialidad, disponibilidad e integridad de la información. Así mismo dispone que dichas medidas han de ser proactivas y el responsable del tratamiento ha de ser capaz de demostrar que se siguen esas medidas y demostrar su aplicación.
La Ley de Seguridad de las Redes y Sistemas de la Información aprobada mediante Real Decreto-Ley 12/2018, de 7 de septiembre, que transpone al ordenamiento jurídico español la directiva europea sobre la materia, la conocida como Directiva NIS que establece un marco común de seguridad en la Red en toda la UE y refuerza las medidas de protección en el entorno virtual. Afecta, por un lado, a los operadores de servicios esenciales; es decir, aquellos necesarios «para el mantenimiento de las funciones sociales básicas, la salud, la seguridad, el bienestar social y económico de los ciudadanos, o el eficaz funcionamiento de las instituciones del Estado y las administraciones públicas, que dependan para su provisión de redes y sistemas de información», según la definición que recoge la propia norma; y por extensión, las infraestructuras críticas también verán incrementada su seguridad de la información. Establece la obligación de que las empresas notifiquen los incidentes de ciberseguridad. Los operadores de servicios esenciales tendrán que designar a una persona como responsable de la seguridad de la información para que ejerza las funciones de punto de contacto y coordinación con las autoridades competentes y CSIRT(equipos de respuesta a incidentes de seguridad) de referencia.
Real Decreto 43/2021, de 26 de enero, por el que se desarrolla el Real Decreto-ley 12/2018, de 7 de septiembre, de seguridad de las redes y sistemas de información. Tiene como finalidad desarrollar la Directiva NIS, aprobada en 2018, en cuanto al marco institucional en la materia, la cooperación y coordinación, la gestión y notificación de incidentes, las medidas a implementar, la supervisión de los requisitos de ciberseguridad o la función del CISO.
4. ORGANIZACIÓN DE SEGURIDAD.
Según el artículo 10 del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero que regula el ENS, en los sistemas de información se diferenciará el responsable de la información, el responsable del servicio y el responsable de seguridad.
●Responsable de la Información: Determina la información tratada. Es habitualmente una persona que ocupa un cargo de responsabilidad en la organización. Este cargo asume la responsabilidad del uso que se haga de la información y, por tanto, de su protección. El Responsable de la Información es el responsable de cualquier error o negligencia que lleve a un incidente.
●Responsable del Servicio: Es el encargado de establecer los requisitos del servicio en materia de seguridad. Puede ser una persona concreta o puede ser un órgano corporativo.
●Responsable de Seguridad: Determina las decisiones para satisfacer los requisitos de seguridad de la información y de los servicios.
Asimismo, la Guía de Seguridad (CCN-STIC-801) Esquema Nacional de Seguridad: Responsabilidades y Funciones propone que estas responsabilidades se instrumenten por medio de comités, haciendo referencia concretamente al Comité de Seguridad de la Información que se responsabiliza de alinear las actividades de la organización en materia de seguridad de la información.
Para gestionar y coordinar proactivamente la seguridad de la información se constituye, como órgano de gestión, el Comité de Seguridad de la Información del Ayuntamiento de Montemayor y de su sector público institucional formado por los siguientes cargos:
● Responsable de la información que recae en la persona del Alcalde/sa como máxima autoridad en el ayuntamiento, el/la cual velará por el adecuado tratamiento y custodia de la información. tendrá potestad de aprobar los requisitos de una información en materia de seguridad y tendrá capacidad ejecutiva para aprobar, planificar y trasladar estas necesidades al Pleno del Ayuntamiento y extensivo a su sector público institucional. Podrá convocar las reuniones del Comité. Será responsable directo de la ejecución de las medidas adoptadas por el comité y su seguimiento.
● Responsable de Seguridad de la Información que recae en la persona Concejal que ocupe el cargo de primer teniente de Alcalde, o persona en quien éste delegue, que será el encargado de coordinar y controlar las medidas que se definan por el Comité de Seguridad y se coordinará en sus funciones con el Responsable de Seguridad de la Información del propio Comité de Seguridad de la Información del ayuntamiento.Asesorará y tendrá potestad para determinar técnicamente los requisitos de seguridad de la información y de los servicios en materia de seguridad. Así mismo informará sobre el estado de la seguridad en el área de los sistemas de la información y comunicación. Podrá convocar las reuniones, remitir información y comunicados a los miembros del comité.
● Administrador de los sistemas de la información: Este cargo recaerá en el administrativo/a funcionario responsable del área de Informática del ayuntamiento y será miembro de este comité. Tendrán la obligación de vigilar el cumplimiento de las normas de seguridad dentro de su área e informar coordinadamente al Responsable de la Información del cumplimiento
de la normativa de seguridad aprobada por el Comité de Seguridad y de la Seguridad de los sistemas de la información.
● Responsable del Servicio: Este cargo recaerá en la persona del Alcalde/sa como máxima autoridad en el ayuntamiento. Es el encargado de establecer los requisitos del servicio en materia de seguridad.
● Responsables de Entidades del Sector Público Institucional: serán las personas responsables de los servicios o de la explotación de las distintas instituciones que establecen los requisitos, fines y medios para la realización de las tareas en las distintas instituciones. Además, tendrán la responsabilidad legal de vigilar el cumplimiento de las normas de seguridad dentro de su institución e informar al Responsable de la Información del cumplimiento de la normativa de seguridad aprobada por el Comité de Seguridad.
● Secretaría: tendrá la obligación de supervisar que los procedimientos aprobados por el comité se ajusten a derecho y asesorar al Comité en esta materia. Además, levantará acta de las reuniones y seguirá las directrices que marque el Comité de Seguridad de la Información.
Contará,dentro de su entidad, con los medios técnicos y humanos y con las atribuciones necesarias para poder desempeñar con eficacia las funciones que se les encomienden.
4.1 FUNCIONES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD
Sus funciones son las siguientes:
● Responsabilidades derivadas del tratamiento de datos de carácter personal.
● Atender las inquietudes de la Corporación y de las diferentes áreas.
● Informar regularmente del estado de la seguridad de la información a la Junta de Gobierno.
● Promover la mejora continua del Sistema de Gestión de la Seguridad de la Información.
● Elaborar la estrategia de evolución del Ayuntamiento y su Sector Público Institucional en lo que respecta a la seguridad de la información.
● Coordinar los esfuerzos de las diferentes áreas en materia de seguridad de la información, para asegurar que los esfuerzos son consistentes, alineados con la estrategia decidida en la materia, y evitar duplicidades.
● Elaborar (y revisar regularmente) la Política de Seguridad de la información para que sea aprobada por el Comité de Seguridad.
● Aprobar la normativa de seguridad de la información.
● Ser informado sobre los procedimientos de Seguridad de la información de los integrantes del sector público institucional los cuales tienen obligación de tener.
● Evaluar los riesgos de manera periódica para establecer las adecuadas medidas de seguridad necesarias atendiendo a los resultados.
● Elaborar y aprobar los requisitos de formación y calificación de administradores, operadores y usuarios desde el punto de vista de seguridad de la información.
● Monitorizar los principales riesgos residuales asumidos por la empresa y recomendar posibles actuaciones respecto de ellos.
● Monitorizar el desempeño de los procesos de gestión de incidentes de seguridad y recomendar posibles actuaciones respecto de ellos. En particular, velar por la coordinación de las diferentes áreas de seguridad en la gestión de incidentes de seguridad de la información.
● Promover la realización de auditorías periódicas que permitan verificar el cumplimiento de las obligaciones del organismo en materia de seguridad.
● Aprobar planes de mejora de la seguridad de la información de la empresa. En particular, velará por la coordinación de diferentes planes que puedan realizarse en diferentes áreas.
● Velar porque la seguridad de la información se tenga en cuenta en todos los proyectos TIC desde su especificación inicial hasta su puesta en operación. En particular, deberá velar por la creación y utilización de servicios horizontales que reduzcan duplicidades y apoyen un funcionamiento
homogéneo de todos los sistemas TIC.
● Establecer medidas adecuadas para la formación, información y concienciación de todo el personal en materia de seguridad de la información .
● En caso de ocurrencia de incidentes de seguridad de la información aprobará el Plan de Mejora de la Seguridad.
Para su asesoramiento técnico el ayuntamiento se apoyará en el Comité de Seguridad de la Información de la Diputación de Córdoba y de su sector público institucional y en las Políticas, Normativas y demás documentación aprobadas por el mismo.
Resolución de conflictos:
El Comité de Seguridad de la Información, se encargará de resolver los conflictos de responsabilidad que puedan aparecer entre los diferentes responsables y/o entre diferentes áreas de la organización. En caso de que el Comité no tuviera capacidad o autoridad para la resolución de determinados conflictos, lo elevará a Presidencia para su resolución.
5. DESARROLLO DE LA POLÍTICA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
El Comité de Seguridad de la Información ha aprobado el desarrollo de un sistema de gestión, que será establecido, implementado, mantenido y mejorado, conforme a los estándares de seguridad. Este sistema se adecuará y servirá de gestión de los controles del Esquema Nacional de Seguridad. El sistema será documentado y permitirá generar evidencias de los controles y del cumplimiento de los objetivos marcados por el Comité. Existirá un procedimiento de gestión documental que establecerá las directrices para la estructuración de la documentación de seguridad del sistema, su gestión y acceso.
Se deberá comunicar la información documentada relativa a los controles de seguridad al personal que trabaja en la entidad (empleados, proveedores y subcontratistas), que tendrá la obligación de aplicarla en la realización de sus actividades laborales, comprometiéndose de ese modo, al cumplimiento de los requisitos del ENS. Esta documentación estará permanentemente accesible a través de los medios que el Ayuntamiento de Montemayor estime convenientes.
5. CONCIENCIACIÓN
El Ayuntamiento de Montemayor establecerá los mecanismos necesarios, atendiendo a las propuestas del Comité de Seguridad de la Información de Diputación, para que todo el personal disponga de la información, formación y concienciación apropiada para gestionar de acuerdo a esta Política de Seguridad y su normativa interna derivada la información, tanto en materia de privacidad.
El Responsable de Información del Ayuntamiento en coordinación con el Comité de Seguridad, establecerá mecanismos adecuados de difusión de la información y registrará todas las acciones formativas que se dispongan en este sentido.
6. GESTIÓN DEL RIESGO
El Ayuntamiento de Montemayor realizará periódicamente y cada vez que los sistemas de la información sufran una alteración significativa un Análisis de Riesgo, siguiendo las directrices expuestas por el ENS en su artículo 7, de modo que se puedan anticipar los riesgos existentes. Este análisis de riesgo y sus conclusiones han de ser analizadas por el Comité de Seguridad y establecer las salvaguardas adecuadas para que el nivel de riesgo sea aceptable.
Para que esto se plasme el comité desarrollará un procedimiento de Análisis de Riesgos y Evaluación de Impacto Potencial que ha de establecer claramente los valores de riesgo aceptables, los criterios de aceptación de riesgo residual, la periodicidad del análisis y cuándo se realizará de modo excepcional.
7. COMPETENCIA PARA LA APROBACIÓN DE LAS POLÍTICAS, NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE SEGURIDAD.
La competencia para la aprobación de las políticas, normas y procedimientos de Seguridad se estructuraría de la siguiente forma:
● Política de Seguridad de la Información y Política de Protección de Datos: serían aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento de Montemayor.
● Normativa de Seguridad de la Información: Tanto el Ayuntamiento de Montemayor como todo el Sector Público Institucional propondrá su propia Normativa de Seguridad (ratificada por su presidente/órgano rector) y está será luego aprobada/ratificada por el Comité de Seguridad en la siguiente reunión del mismo.
● Procedimientos de Seguridad de la Información:Tanto el Ayuntamiento de Montemayor como todo el Sector Público Institucional aprobará sus propios procedimientos de Seguridad de la información (aprobados por el responsable de la entidad) e informará de su aprobación al Comité de Seguridad en la siguiente reunión del mismo.
Toda esta documentación deberá ser publicada en cada uno de los portales de información de cada entidad para general conocimiento de todo el personal.
8. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
El Ayuntamiento de Montemayor únicamente recogerá datos personales cuando sean adecuados, pertinentes y no excesivos, y éstos se encuentren en relación con el ámbito y las finalidades para los que se hayan obtenido. De igual modo, adoptará las medidas técnicas y organizativas pertinentes para el cumplimiento de la legislación en materia de protección de datos.
Estas medidas, tal y como se indica en la disposición adicional primera de la Ley 3/2018 de 5 de diciembre, sobre Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales, se corresponderán con las descritas en el Esquema Nacional de Seguridad, que estarán definidas en las políticas, normativas y procedimientos que correspondan.
9. GESTIÓN DEL RIESGO
El Ayuntamiento de Montemayor y su Sector Público Institucional realizará periódicamente y cada vez que los sistemas de la información sufran una alteración significativa un Análisis de Riesgo, siguiendo las directrices expuestas por el ENS en su artículo 6, de modo que se puedan anticipar los riesgos existentes. Este análisis de riesgo y sus conclusiones han de ser analizadas por el Comité de Seguridad y establecer las salvaguardas adecuadas para que el nivel de riesgo sea aceptable.
Para que esto se plasme el Comité desarrollará un procedimiento de Análisis de Riesgos y Evaluación de Impacto Potencial que ha de establecer claramente los valores de riesgo aceptables, los criterios de aceptación de riesgo residual, la periodicidad del análisis y cuándo se realizará de modo excepcional.
El análisis de riesgos que realice el Ayuntamiento de Montemayor atenderá igualmente y de manera concreta a aquellos que se deriven del tratamiento de los datos personales en el desempeño de sus funciones.
10. TERCERAS PARTES
Cuando el Ayuntamiento de Montemayor y su Sector Público Institucional preste servicios a otros organismos, o maneje información de otros organismos, se les hará partícipe de esta Política de Seguridad de la Información. Se establecerán canales para la coordinación de la información y los procedimientos de actuación para la reacción ante incidentes de seguridad.
Cuando el Ayuntamiento de Montemayor y su Sector Público Institucional utilice servicios de terceros o ceda información a terceros, se les hará partícipe de esta Política de Seguridad y de la Normativa de Seguridad existente que atañe a dichos servicios o información. Dicha tercera parte quedará sujeta a las obligaciones establecidas en la mencionada normativa, pudiendo desarrollar sus propios procedimientos operativos para satisfacerla. Se establecerán procedimientos específicos de comunicación y resolución de incidencias. Se garantizará que el personal de terceros esté adecuadamente concienciado en materia de seguridad, al menos al mismo nivel que el establecido en esta Política de Seguridad.
Cuando algún aspecto de esta Política de Seguridad no pueda ser satisfecho por una tercera parte según se requiere en los párrafos anteriores, se requerirá un informe del Responsable de Seguridad que precise los riesgos en que se incurre y la forma de tratarlos. Se requerirá la aprobación de este informe por los responsables de la información y los servicios afectados antes de seguir adelante.
11. REVISIÓN DE ESTA POLÍTICA DE SEGURIDAD
La presente política de seguridad ha de ser un documento que refleje fielmente el compromiso del Ayuntamiento de Montemayor con la seguridad de la información. Por lo tanto, esta política podrá ser modificada a propuesta del Comité de Seguridad para adaptarse a cambios en el entorno legislativo, técnico u organizativo.
Corresponde al Comité de Seguridad de la Información la revisión anual de la presente Política proponiendo, en caso de que sea necesario mejoras de la misma, para su aprobación por parte del órgano competente.