Abierto el plazo hasta el día 16 de septiembre
CONFORME A LA ORDEN DEL 20 DE MARZO DE 2015, POR LA QUE SE PRORROGA EL DECRETO LEY 8/2014, DE 10 DE JUNIO, DE MEDIDAS EXTRAORDINARIAS Y URGENTES PARA LA INCLUSIÓN SOCIAL A TRAVÉS DEL EMPLEO Y EL FOMENTO DE LA SOLIDARIDAD EN ANDALUCÍA

El Ayuntamiento de Montemayor, en virtud de lo establecido en el artículo 10 del Decreto Ley 8/2014, de 10 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para la inclusión social a través del empleo y el fomento de la solidaridad en Andalucía, aprueba el siguiente procedimiento para la selección de las personas destinatarias del mismo. No pretenden estas bases sino completar el procedimiento establecido en el Real Decreto 8/2014, no sustituirlo, ratificando por tanto todos los requisitos establecidos en el mismo.

 

Personas destinatarias del programa:
– Personas en edad laboral pertenecientes a una unidad familiar que reúnan TODOS los siguientes 4 requisitos:
(Se entenderá por unidad familiar la constituída por la persona destinataria, su conyuge o pareja y los hijjos, independientemente de la edad que tengan, que residan en la misma vivienda. En el caso de que hubiera dos o más solicitudes de la misma unidad familiar, sólo se atenderá la que se hubiera  registrado antes, hasta agotar todas las unidades familiares que cumplan los 4 requisitos:)
 
Requitos:
A) Estar empadronada en este Municipio.
B) Que en el momento de la presentación de la solicitud se encuentren en situación de demandante de empleo inscritos en el SAE, y no hayan trabajo más de 90 días durante los doce meses anteriores a la solicitud.
C) Que en el momento de la presentación de la solicitud pertenezca a una unidad familiar donde concurran las siguientes circunstancias:
  • 1º Que al  menos un año antes de la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este programa, todas las personas que componen la unidad familiar hayan estado empadronadas como residentes en un mismo domicilio, ubicado en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a excepción de los menores nacidos, adoptados o acogidos con posterioridad a esta fecha, las víctimas de violencia de género y las personas andaluzas retornadas.
  • 2ª Que el importe máximo de los ingresos netos del conjunto de las personas que forman la unidad familiar de los ultimos seis meses sea:
  • Inferior al 1 vez el IPREM, para familias de una sóla persona: 3.195,06 Euros
  • Inferior a 1,3 veces el IPREM, para familias de dos personas: 4.153,58 Euros
  • Inferior a 1,5 veces el IPREM, para familias de tres personas: 4.792,59 Euros
  • Inferior a 1,7 veces el IPREM, para familias de cuatro o más personas: 5.431,60 Euros.
  • A tal efecto, se computarán los ingresos de cualquier naturaleza que cada miembro de la unidad familiar haya percibido durante los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse a la contratación. IPREM: Indicador público de Renta de Efectos Múltiples
D) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, acreditada mediante Informe que realizarán los Servicios sociales  Trabajadora Social.
 
¡Para acceder al programa tienes que cumplir TODOS los requisitos!