Beneficios fiscales tributos municipales

Mar 31, 2020 | Actualidad, Coronavirus

Beneficios fiscales tributos municipales 1

Nota informativa Hacienda Local sobre tributos

NOTA INFORMATIVA

Órgano: Gerencia
A todas las entidades locales con competencias tributarias delegadas en la Diputación Provincial

 

Por distintos Ayuntamientos, se ha planteado la posibilidad de acordar, la aplicación de determinados beneficios fiscales sobre los tributos municipales como consecuencia de la situación extraordinaria creada por el COVID-19, por lo que se considera necesario trasladar lo siguiente:

El artículo 8 de la Ley 58/2003, General Tributaria, regula el principio general de reserva de ley para el establecimiento, modificación y supresión de beneficios o incentivos fiscales. Así mismo, el artículo 14 de la misma ley, prohíbe el uso de la analogía para extender más allá de sus términos estrictos el ámbito de los beneficios fiscales.

Por lo que se refiere específicamente a las Administraciones Locales, el artículo 9 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, dispone que no podrán reconocerse otros beneficios fiscales en los tributos locales que los expresamente previstos en las normas con rango de ley o los derivados de la aplicación de los tratados internacionales. Los beneficios fiscales que las entidades locales establezcan en sus ordenanzas fiscales, deberán ajustarse a los supuestos expresamente previstos por la ley.

De otra parte, el artículo 117 de la Ley General Tributaria, atribuye a la actividad de gestión tributaria el ejercicio de la función administrativa dirigida al reconocimiento y comprobación de la procedencia de los beneficios fiscales de acuerdo con la normativa reguladora del correspondiente procedimiento.

Por todo lo expuesto, se informa que esta administración tributaria se encuentra imposibilitada para adoptar resoluciones administrativas de reconocimiento y aplicación de beneficios fiscales, al margen de los supuestos expresamente contemplados por la Ley.